Encuesta del Informe Anual del Título IX 2021-2022

Stanislaus State se compromete a promover la excelencia inclusiva y el acceso igualitario a la educación y el empleo para todos los estudiantes y empleados. Parte de ese compromiso es la dedicación a los esfuerzos del Título IX, una ley federal que exige la no discriminación por motivos de género y sexo en las instituciones educativas, y la Ley de Reautorización de Violencia contra las Mujeres, una ley federal que tiene como objetivo prevenir la violencia sexual y de género. y acoso, así como exigir que las instituciones educativas respondan cuando ocurra. Otra ley que da forma Stanislaus StateEl compromiso de con la equidad y la inclusión es la ley de Seguridad Estudiantil de California: Agresión Sexual que define un estándar de consentimiento afirmativo para las escuelas de California. La Orden Ejecutiva 1095 Revisada de CSU (2015) requiere que los campus de CSU informen información sobre denuncias de conducta sexual inapropiada, citas y violencia doméstica, y apuestas anualmente el 1 de octubre, para el año fiscal anterior (del 1 de julio al 30 de junio), sin revelar ninguna información que revelaría las identidades de las partes involucradas. 

Definiciones

Las siguientes definiciones se proporcionan en la Orden Ejecutiva 1096 Revisada (2020) y la Orden Ejecutiva 1097 Revisada (2020):

  1. La violencia en el noviazgo es el abuso cometido por una persona que está o ha estado en una relación social o de noviazgo de naturaleza romántica o íntima con la víctima. Esto puede incluir a alguien que la víctima acaba de conocer; es decir, en una fiesta, presentado a través de un amigo o en un sitio web de redes sociales. A los efectos de esta definición, "abuso" significa causar o intentar causar lesiones corporales de manera intencional o imprudente o poner a otra persona en un temor razonable de lesiones corporales graves inminentes para sí mismo o para otra persona. El abuso no incluye angustia o lesiones no físicas o emocionales.
  2. La violencia doméstica es el abuso cometido contra alguien que es un cónyuge actual o anterior; conviviente actual o anterior; alguien con quien el demandado tiene un hijo; alguien con quien el Demandado tenga o haya tenido una relación de noviazgo o compromiso; o una persona en situación similar bajo la ley de violencia doméstica o familiar de California. Cohabitante significa dos personas no emparentadas que viven juntas durante un período considerable de tiempo, lo que resulta en cierta permanencia de la relación. No incluye compañeros de cuarto que no tengan una relación romántica, íntima o sexual. Los factores que pueden determinar si las personas cohabitan incluyen, pero no se limitan a: (1) relaciones sexuales entre las Partes mientras comparten la misma vivienda; (2) reparto de ingresos o gastos; (3) uso o propiedad conjunta de la propiedad; (4) si las Partes se presentan como cónyuges; (5) la continuidad de la relación; y, (6) la duración de la relación. A los efectos de esta definición, "abuso" significa causar o intentar causar lesiones corporales de manera intencional o imprudente o poner a otra persona en un temor razonable de lesiones corporales graves inminentes para sí mismo o para otra persona. El abuso no incluye angustia o lesiones no físicas o emocionales.
  3. Empleado significa una persona que ocupa legalmente un puesto en la CSU. Este término incluye puestos de tiempo completo, medio tiempo, permanentes, permanentes, de prueba, temporales, intermitentes, casuales y por día. Este término no incluye a los Empleados auxiliares o de la Fundación u otros Terceros.
  4. Conducta sexual inapropiada: toda actividad sexual entre miembros de la comunidad de CSU debe basarse en el consentimiento afirmativo. Participar en cualquier actividad sexual sin obtener primero el Consentimiento Afirmativo para la actividad específica es una Conducta Sexual Inapropiada, ya sea que la conducta viole o no cualquier ley civil o penal. La actividad sexual incluye, pero no se limita a, besar, tocar partes íntimas del cuerpo, caricias, coito, penetración de cualquier parte del cuerpo y sexo oral. También incluye cualquier acto sexual físico no deseado, como contacto sexual no deseado, agresión sexual, agresión sexual, violación y violencia entre parejas. La conducta sexual inapropiada puede incluir el uso de fuerza física, violencia, amenazas o intimidación, ignorar las objeciones de la otra persona, causar la intoxicación o incapacitación de la otra persona mediante el uso de drogas o alcohol, o aprovecharse de la incapacitación de la otra persona (incluida la intoxicación voluntaria). ) para participar en actividades sexuales. Tanto hombres como mujeres pueden ser víctimas de estas formas de conducta sexual inapropiada. La actividad sexual con un menor nunca es consentida cuando el denunciante es menor de 18 años, porque el menor se considera incapaz de dar consentimiento legal debido a su edad.
    1. La agresión sexual es una forma de conducta sexual inapropiada y es un intento, junto con la capacidad, de cometer una lesión violenta en la persona de otra persona debido al género o sexo de esa persona.

    2. La agresión sexual es una forma de conducta sexual inapropiada y es cualquier uso deliberado e ilegal de la fuerza o la violencia sobre otra persona debido al género o sexo de esa persona, así como tocar una parte íntima de otra persona en contra de la voluntad de esa persona y con el propósito de excitación sexual, gratificación o abuso.

    3. La violación es una forma de conducta sexual inapropiada y es una relación sexual no consentida que también puede implicar el uso de amenazas de fuerza, violencia o lesiones corporales inmediatas e ilegales o amenazas de represalias y coacción en el futuro. Cualquier penetración sexual, por leve que sea, es suficiente para constituir Violación. Los actos sexuales, incluidas las relaciones sexuales, se consideran no consensuados cuando una persona es incapaz de dar su consentimiento porque está incapacitada por el alcohol y/o las drogas, es menor de 18 años, o si un trastorno mental o una discapacidad física o del desarrollo incapacita a la persona. de dar el consentimiento. La relación del demandado con la persona (como familiar, cónyuge, amigo, conocido o extraño) es irrelevante. (Consulte la definición completa de consentimiento afirmativo anterior).

    4. La violación por un conocido es una forma de conducta sexual inapropiada cometida por un individuo conocido por la víctima. Esto incluye a una persona que la víctima acaba de conocer; es decir, en una fiesta, presentado a través de un amigo o en un sitio web de redes sociales. (Ver arriba para la definición de Violación.)

  5. Acoso significa participar en un Curso de Conducta repetido dirigido a una persona específica que haría que una Persona Razonable temiera por su propia seguridad o la seguridad de los demás o que sufriera Angustia Emocional Sustancial. A los efectos de esta definición:
    1. Curso de Conducta significa dos o más actos, incluyendo pero no limitado a, actos en los cuales el acosador directamente, indirectamente o a través de Terceros, por cualquier acción, método, dispositivo o medio, sigue, monitorea, observa, vigila, amenaza, o se comunica con o acerca de una persona, o interfiere con la propiedad de una persona;
    2. Persona Razonable significa una persona razonable en circunstancias similares y con el(los) mismo(s) Estado(s) Protegido(s) que el Demandante;
    3. Angustia emocional sustancial significa sufrimiento mental significativo o angustia que puede requerir, pero no necesariamente, tratamiento o asesoramiento médico u otro profesional.
  6. Estudiante significa un solicitante de admisión a CSU, un estudiante de CSU admitido, un estudiante de CSU inscrito, un estudiante de educación extendida de CSU, un estudiante de CSU entre períodos académicos, un graduado de CSU en espera de un título, un estudiante de CSU que actualmente cumple una suspensión o suspensión provisional , y un estudiante de CSU que se da de baja de la Universidad mientras está pendiente un asunto disciplinario (incluida la investigación).

Informes

Los siguientes informes fueron hechos a Stanislaus State del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022:

Número total de asuntos denunciados abiertos a julio de 2021. Incluye todos los casos de: Acoso sexual; explotación sexual; acecho; noviazgo y violencia doméstica; y mala conducta sexual/agresión sexual.

Total: 3

El número de informes recibidos durante el período de informe en el que un estudiante, empleado, tercero, desconocido o no identificado es el encuestado.

  Estudiante encuestado Empleado encuestado Demandado de terceros Encuestado desconocido Encuestado no identificado

Total

4 7 15 1 0
Conducta sexual inapropiada/Agresión sexual 1 1 5 0 0
Citas/Violencia Doméstica 1 0 3 0 0
Acecho 2 0 7 1 0
Explotación Sexual 0 0 0 0 0
Acoso sexual 0 6 0 0 0

El número de denuncias investigadas con un hallazgo de infracción o no infracción durante el 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2022.

Total: 2
Violación: mala conducta sexual 1
Violación: Citas/Violencia Doméstica 1

Acecho

0
Explotación Sexual 0
Acoso sexual 0

El número total de denuncias entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022 que se resolvieron sin investigación y/o conclusión; y cuántos informes se resolvieron en cada una de las siguientes formas:

Total: 18
Resolución informal previa al inicio de la investigación 2
Resolución informal durante la investigación en proceso (antes de un hallazgo) 0
El denunciante solicitó recursos y/o medidas de apoyo solamente 10
El denunciante no respondió a la divulgación e información insuficiente para seguir adelante 6
Se desconoce la identidad del denunciante, por lo que no se puede enviar el contacto 0
Información insuficiente para avanzar con la investigación pero suficiente para tomar otras medidas correctivas 0

El número de denuncias recibidas durante el período del informe resueltas sin una investigación y/o un hallazgo para cada tipo de mala conducta. Tipo de mala conducta Número total de denuncias resueltas (sin incluir investigaciones con hallazgos)

Total: 2
Conducta sexual inapropiada/Agresión sexual 0
Noviazgo y Violencia Doméstica 0
Acecho 2
Explotación Sexual 0
Acoso sexual 0

Mirando solo la Resolución informal donde se impusieron sanciones: para cada tipo de mala conducta, indique la cantidad de veces que se impuso cada sanción/disciplina.

Sanción/Disciplina Impuesta
Tipo de mala conducta

  Conducta sexual inapropiada/Agresión sexual IPV Acecho Explotación Sexual Acoso sexual Discriminación Sexo o Género Discriminación Orientación Sexual
Expulsión (Estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión de un año o más (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión de menos de un año (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Libertad condicional disciplinaria (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Terminación del empleo (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión sin sueldo (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Carta de amonestación (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Educación/Formación (estudiantes/empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Otros (especificar) 0 0 0 0 0 0 0

Sanción/Disciplina Impuesta
Tipo de mala conducta encontrada responsable

  Conducta sexual inapropiada/Agresión sexual IPV Acecho Explotación Sexual Acoso sexual Discriminación Sexo o Género Discriminación Orientación Sexual
Expulsión (Estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión de un año o más (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión de menos de un año (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Libertad condicional disciplinaria (estudiantes) 0 0 0 0 0 0 0
Terminación del empleo (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Suspensión sin sueldo (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Carta de amonestación (empleados) 0 0 0 0 0 0 0
Educación/Formación (estudiantes/empleados) 1 1 0 0 0 0 0
Otros (especificar) 0 0 0 0 0 0 0

El número total de asuntos denunciados abiertos al 30 de junio de 2022. Incluye todos los casos de: Acoso sexual; explotación sexual; acecho; noviazgo y violencia doméstica; y mala conducta sexual/agresión sexual.

Total: 6

Descargar versión para imprimir: Stanislaus State Informe anual del Título IX 2021-2022.pdf

Actualizado: Enero 25, 2023