Política y procedimientos para la operación de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS)/vehículos aéreos no tripulados (UAV)/drones
Todos los profesores, personal, administradores, estudiantes o proveedores externos que deseen operar un UAS/UAV/Dron en el campus o en el curso de investigación, enseñanza u otros esfuerzos relacionados con la Universidad deben trabajar con la Oficina de Investigación y Programas Patrocinados (ORSP). ) y el Comité de Revisión de UAS para garantizar un uso legal adecuado. Stanislaus State Los operadores deben garantizar el cumplimiento de todas las políticas y procedimientos del campus, así como de las regulaciones aplicables de la Administración Federal de Aviación (FAA) antes de volar un UAS/UAV/Dron.
La FAA tiene jurisdicción sobre todo el espacio aéreo navegable de los Estados Unidos. Todas las aeronaves, ya sean tripuladas o no, están sujetas a las normas y reglamentos de la FAA si vuelan al aire libre. El uso en exteriores de vehículos aéreos no tripulados que pesen 0.55 libras o más requiere la aprobación de la FAA. El uso en interiores no está sujeto a las reglas de la FAA, pero está sujeto a revisión y aprobación por parte de la Stanislaus State Comité de Revisión de UAS.
Se recomienda a cualquier docente, personal, administradores o estudiantes que operen un UAS/UAV/Dron con fines recreativos o de pasatiempo (uso puramente personal) que consulten el capítulo local de la Academy of Model Aeronautics (AMA) para ubicar un lugar autorizado por la AMA donde tal se aprueba su uso.
Política Universitaria que Rige el Uso Legal de UASs/UAVs
use_of_unmanned_aircraft_systems_and_aerial_vehicles_policy.pdf
Propuesta de operaciones de vuelo
Cualquier vuelo de UAS/UAV en el campus requiere la aprobación previa del Comité de Revisión de UAS de la Universidad. Esto incluye las operaciones de vuelo de todo el cuerpo docente, el personal, los administradores, los estudiantes o los proveedores externos (incluidos los alquileres de eventos en las instalaciones). Todas las propuestas de operaciones de vuelo deben presentarse al menos 30 días antes al vuelo propuesto para permitir una revisión adecuada de la propuesta.
propuesta-de-operaciones-de-vuelo-del-estado-de-stanislaus_2_22_2017.docx
Seguro Requerido para el Uso de UAS/UAVs
Todo el cuerpo docente, el personal y los estudiantes deben trabajar con la Oficina de Seguridad y Gestión de Riesgos para garantizar que se cumplan los requisitos de seguro adecuados para el uso de vehículos aéreos no tripulados propiedad de la Universidad.
El operador de cualquier UAS/UAV que no sea propiedad de la Universidad deberá proporcionar la siguiente prueba de seguro con la presentación de la Propuesta de Operaciones de Vuelo.
Requisitos de seguro para el uso de vehículos aéreos no tripulados
Seguro: El Propietario/Operador deberá adquirir y mantener durante la duración del contrato un seguro contra reclamaciones por lesiones a personas o daños a la propiedad que puedan surgir de o en relación con la propiedad, el mantenimiento o el uso del Vehículo Aéreo No Tripulado. La Universidad será nombrada como asegurado adicional a la póliza de seguro, según consta en un formulario de endoso que modifique la póliza.
Alcance Mínimo y límite del Seguro: La cobertura será al menos tan amplia como:
Seguro de responsabilidad civil de aviación sobre una base de "ocurrencia", incluidos productos y operaciones completadas, daños a la propiedad, lesiones corporales con límites no inferiores a $1,000,000 por ocurrencia y $2,000,000 en total. Esta cobertura también puede ser proporcionada por endoso a un Responsabilidad General Comercial política. En ese caso entonces:
- Responsabilidad Civil General Comercial (CGL): Formulario CG 00 01 de la Oficina de Servicios de Seguros que cubre la CGL sobre una base de "ocurrencia", incluidos productos y operaciones completadas, daños a la propiedad, lesiones corporales y lesiones personales y publicitarias con límites no inferiores a $ 2,000,000 por ocurrencia. Si se aplica un límite agregado general, el límite agregado general se aplicará por separado a este proyecto/ubicación (ISO CG 25 03 o 25 04) o el límite agregado general será el doble del límite de ocurrencia requerido.
- Seguro de Compensación para Trabajadores según lo exige el Estado de California, con Límites Estatutarios, y Seguro de Responsabilidad del Empleador con un límite de no menos de $1,000,000 por accidente por lesión corporal o enfermedad.
- CLASIFICACIÓN: La cobertura debe colocarse con una compañía de seguros con una clasificación AM Best de A VII o equivalente, a menos que la Universidad acuerde lo contrario.
- DESCRIPCIÓN DE LAS OPERACIONES: El COI debe mostrar información específica sobre la(s) fecha(s) y evento por el cual se emite.
- FORMULARIO DE ENDOSO ADICIONAL DEL ASEGURADO: Acompañando al COI debe haber un endoso separado de la póliza que nombre: el Estado de California, los Fideicomisarios de la Universidad Estatal de California, la Universidad Estatal de California Stanislaus y sus auxiliares, funcionarios, empleados, voluntarios, representantes y agentes de cada uno de ellos como asegurados adicionales, a excepción de los seguros de responsabilidad civil profesional y accidentes de trabajo. El endoso debe mostrar el número de póliza indicado en el COI.
- CANCELACIÓN: Cumplir con el último lenguaje de cancelación estándar del formulario Acord revisado.
Para más información
Email: orsp@csustan.edu
Teléfono:209 667 3493-XNUMX
Actualizado: Marzo 17, 2025