Verificación de elegibilidad de dependientes
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La Verificación de Elegibilidad de Dependientes (DEV) es el proceso para verificar la elegibilidad de su cónyuge, pareja de hecho, hijos, hijastros e hijos de la pareja de hecho (familiares) inscritos en los beneficios estatales de salud y dentales. El artículo 22843.1 del Código de Gobierno exige que verifique la elegibilidad de sus familiares. El artículo 22959 del Código de Gobierno autoriza la revisión de la inscripción de sus familiares en los beneficios dentales.
Visite la sección de CalPers sitio web para aprender más.
Preguntas frecuentes sobre la verificación de elegibilidad de dependientes
- Noventa (90) días calendario antes de tu mes de nacimiento.
- CalPERS le enviará una carta con la fecha límite de verificación y una lista de los miembros de la familia inscritos que debe verificar.
- La declaración jurada de verificación de dependientes de CalPERS (se le envía por correo directamente desde CalPERS)
- Documentación de apoyo
Para completar este proceso, utilice el botón “Enviar formulario de dependiente” en la parte superior de esta página para cargar los documentos requeridos.
Cónyuge
Una copia de su certificado de matrimonio. Y uno de los siguientes documentos:
- Una copia de la primera página de la declaración de impuestos federales o estatales más reciente que confirme que el dependiente es su cónyuge
OR
- Una copia de un documento con fecha de los últimos 60 días que muestre el estado civil actual, como una factura doméstica recurrente o un estado de cuenta conjunto. El documento debe incluir su nombre, el de su cónyuge y su dirección.
Socio doméstico
Una copia de su Declaración de Sociedad Doméstica registrada con el Secretario de Estado de California Y uno de los siguientes documentos:
- Una copia de la primera página de la declaración de impuestos federales o estatales más reciente que confirme que el dependiente es su cónyuge
OR
- Una copia de un documento con fecha de los últimos 60 días que muestre el estado civil actual, como una factura doméstica recurrente o un estado de cuenta conjunto. El documento debe incluir su nombre, el de su cónyuge y su dirección.
Niños
- Cualquier hijo natural, adoptado, en adopción, hijastro o de pareja de hecho registrada hasta los 26 años (el mes en el que el dependiente cumple 26 años)
Una copia del certificado de nacimiento del niño o del certificado de adopción que lo nombre a usted, a su cónyuge o a su pareja de hecho como padre del niño.
OR
- Una copia de la orden judicial que lo nombra a usted, a su cónyuge o a su pareja de hecho como tutor legal del niño.
- En el caso de un hijastro o hijo de una pareja de hecho, también deberá proporcionar documentación de su relación actual con su cónyuge o pareja de hecho, como se solicita anteriormente.
Actualizado: Octubre 01, 2025