El equipo de Empleo y Adquisición de Talento está comprometido con la contratación de personal diverso y altamente calificado. El proceso de reclutamiento en Stanislaus State Incorpora todas las regulaciones federales y estatales, los convenios colectivos de CSU, las políticas del sistema de CSU y las políticas universitarias. También se brindan servicios para ayudar a los gerentes a satisfacer sus necesidades de personal de emergencia o de corto plazo. Para obtener ayuda, comuníquese con el Equipo de Empleo y Adquisición de Talento.

Si tiene preguntas sobre cómo usar CHRS Recruiting, visite Guías y capacitación de reclutamiento de CHRS.

Personal

El objetivo es atraer y seleccionar a los candidatos mejor calificados para las vacantes de acuerdo con las políticas y procedimientos aplicables de la Universidad Estatal de California, Stanislaus.

Directrices de contratación de personal (PDF)

MPP

El objetivo de la Política y Procedimientos de Reclutamiento, Selección y Nombramiento del MPP es atraer y seleccionar a los candidatos mejor calificados para las vacantes del MPP de acuerdo con las políticas y procedimientos aplicables de la Universidad Estatal de California, Stanislaus.

Directrices de contratación de gestión (PDF)

EMERGENCIA

Los nombramientos de emergencia normalmente se utilizan para cubrir un período de máxima carga de trabajo, una ausencia prolongada o un puesto vacante durante la contratación. Estos nombramientos pueden ser intermitentes, de tiempo completo o de medio tiempo. El uso de contrataciones de emergencia no puede sustituir la planificación cuidadosa de la fuerza laboral.

Directrices y procedimientos de apoyo temporal de emergencia (PDF)

Cada unidad de negociación tiene requisitos específicos relacionados con la duración máxima de los nombramientos de emergencia/a corto plazo (consulte la tabla a continuación)

Unidad de negociación

Duración máxima de cita de emergencia

Referencia del contrato

2,5,7,9 (CSEU)

180 días

Artículo 9.9

4 (APC)

120 días

Artículo 2.10

6 (Camioneros)

180 días

Artículo 2.12

Trabajador casual

Los trabajadores ocasionales son contratados a tiempo parcial, temporales e intermitentes para realizar un trabajo de unidad sin negociación que cumpla con los criterios "no exentos" de la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA). Se les paga por hora y no son elegibles para beneficios, licencia por enfermedad, licencia por vacaciones o diferencial de turno. Los titulares no son elegibles para obtener el estatus permanente.

Contacto

Equipo de Empleo y Adquisición de Talento
TalentManagement@csustan.edu
209-667-3351

Actualizado: agosto 27, 2024